Certificat energètic AAEPFC Certificat energètic AAEPFC

Opinió. Des d'Euskadi

PRESIDENTA DE LA AGRUPACIÓN DE ARQUITECTOS PERITOS

Olatz Etxebarria: "Ojo con las certificaciones y los técnicos que se están contratando"

La presidenta de la Agrupación de Arquitectos Peritos advierte de los riesgos de optar por ofertas de bajo coste para realizar la certificación energética. "Es mejor pagar un poco más por una certificación energética adecuada", sostiene

SHAILA P. RODRÍGUEZ - Lunes, 8 de Julio de 2013 - Actualizado a las 06:07h

 Olatz Etxebarria en su despacho de la Agrupación de Arquitectos Peritos. (Javi Colmenero)

BILBAO. El Colegio de Arquitectos junto con los aparejadores son los técnicos habilitados para la emisión de los certificados energéticos. Olatz Etxebarria, presidenta de la Agrupación de Arquitectos Peritos advierte de la importancia de acudir a estos gremios para llevar a cabo las certificaciones porque "además, los técnicos habilitados se encargan de dar al propietario tres propuestas para mejorar el comportamiento energético y de registrar la certificación en el Gobierno vasco".

¿Qué es un certificado energético?

Se trata de analizar el comportamiento energético que tiene un edificio o una vivienda. Se analiza, además de cómo se comporta esa vivienda, cuánta energía consume para el confort y se mide la cantidad de dióxido de carbono que se arroja a la atmósfera. Todo esto viene derivado del Protocolo de Kioto y de todas las leyes que nos vienen de la UE y los acuerdos medioambientales.

Todo para fomentar el ahorro.

Sí, el ahorro energético, la reducción de las contaminaciones y de la emisión de CO2 a la atmósfera. Ahora, con el Decreto 235 aprobado en 2013 en el Estado se quiere cumplir con esas estrategias para conseguir que en 2020 las emisiones de nuestras viviendas sean casi nulas.

¿Quién precisa estos certificados?

Es necesario que cuenten con una certificación energética aquellos inmuebles que sean objeto de una transmisión patrimonial, es decir, que sean objeto de alquiler o de venta tanto para su uso como vivienda o local comercial.

¿Quién tiene que encargarlo?

El propietario es el que tiene que encargar la certificación energética a un técnico habilitado.

¿Quienes son los técnicos habilitados?

En el caso de las viviendas son los arquitectos o arquitectos técnicos; y en el caso del comercio, también estarían habilitados los ingenieros industriales.

¿En qué consiste la revisión?

Se toman todos los datos necesarios: la dimensión de las ventanas, su orientación, la superficie de fachada de la vivienda. También se tiene en cuenta datos técnicos como el tipo de energía que emplea para calentar la vivienda, es decir, si tiene una caldera que funciona por gasoil, por electricidad, si es un sistema eléctrico con radiadores o si tiene calderas de nueva generación (de biomasa) que tienen en cuenta la sostenibilidad y el ahorro energético. Para ello, es necesario visitar el inmueble y tomar medidas de la fachada, que es por donde se va a perder y ganar calor y energía.

¿Se revisan los electrodomésticos?

No, los electrodomésticos no se revisan. Pero el certificado de eficiencia energética sí tiene que ver con la idea actual que tenemos de los electrodomésticos que están clasificados por letras: A, los que son de bajo consumo y los de alto consumo que llegarían a tener la letra G. Estamos acostumbrados a ver estas calificaciones y la propia demanda ha eliminado del mercado los que tienen peor calificación.

¿Con las viviendas ocurre lo mismo?

Sí, después de la visita y toma de datos a través de unos sistemas homologados por el Ministerio de Industria se expide una calificación energética de esa vivienda. Lo normal es que las viviendas de nueva construcción, esto es, del 2006 hacia aquí, estén calificadas entre una A y una D. Las viviendas de construcción anterior, es posible que tengan una calificación energética entre la D y la F, sin mencionar la G, que correspondería con una vivienda cuyos propietarios no han realizado labores de mantenimiento.

¿Qué sucede con las viviendas anteriores a 2006 que no cumplen con la legislación vigente?

La ley nos pide que las viviendas que sean objeto de venta y alquiler tengan un certificado energético, pero no nos obliga a que tengan una letra en concreto, porque lo que se busca es que el comprador sepa en todo momento qué es lo que está comprando y sepa los consumos energéticos que va a tener ese local o vivienda.

Una vez conseguido el certificado energético es preciso registrarlo.

Así es. Para que la vivienda se pueda vender o alquilar, la certificación energética se tiene que registrar en el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno vasco. Una vez que le den el visto bueno, se emite una etiqueta que muestre el comportamiento energético de la vivienda que se dejará visible en las ofertas de venta o alquiler.

Actualmente, han aflorado multitud de web, ofertas y chollos para realizar certificados energéticos.

Desde que se aprobó el Decreto, estamos sufriendo un inmenso bombardeo de anuncios de empresas que ofrecen certificaciones de bajo coste realizadas por supuestos técnicos habilitados. Desde el Colegio de Arquitectos y desde la Agrupación de Arquitectos Peritos queremos alertar a la ciudadanía, ¡ojo! con lo que se está contratando y con los técnicos que se están contratando. Es muy interesante que el técnico que se contrate enfoque cuál es la mejor intervención que se puede realizar por que, además de realizar el informe técnico, de dar una calificación energética y de registrarlo, debe proponer tres opciones para la mejora de ese comportamiento energético. El técnico debe dar al propietario tres propuestas de actuación para mejorar el comportamiento energético y valorar el coste económico de estas opciones y en cuánto tiempo amortizaría el propietario esa reforma. Por ejemplo, poner unas ventanas de mejor calidad, mejorar el aislamiento térmico de la fachada o cambiar la caldera a una más sostenible.

Entonces, su recomendación es que se acuda al Colegio de Arquitectos.

Es fundamental que acudan al Colegio de Arquitectos o Aparejadores o a un técnico profesional que les guíe. Que no se fíen de todas estas ofertas que están llegando por internet, a través de los agentes de la propiedad inmobiliaria que ofrecen diez certificaciones por un valor determinado. Es mejor pagar un poco más por una certificación energética adecuada, que además tiene una vigencia de diez años, porque en caso de que se lleven a cabo las mejoras propuestas por el técnico el propietario podrá amortizar en breve esa inversión.

¿Cuánto vale la certificación?

Depende de la superficie de la vivienda o de si se certifica una o varias viviendas de un mismo edificio a la vez. Entendemos que por menos de 250 o 300 euros no se deben hacer.

¿Hay cultura de mantener las viviendas?

Aquí no. Hay que mentalizar a la sociedad de que el mantenimiento de los edificios es fundamental porque esa labor revierte en el bienestar de los propietarios y alarga la vida útil de los edificios.

¿Cuántas certificaciones se han emitido por el momento en Euskadi?

No lo sé. Lo que sí puedo decir es que el movimiento de encargos de certificaciones energéticas es muy bajo sabiendo que la exigencia de realizarlo está en vigor desde el pasado 1 de junio.

Read More
3R, Certificat energètic AAEPFC 3R, Certificat energètic AAEPFC

Opinió. Luces y sombras del CE para los edificios canarios

Desde Canarias estudian como las diferencias de latitud pueden desvirtuar los cálculos energéticos tal como están planteados en el 235/2013

LUCES Y SOMBRAS DEL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA LOS EDIFICIOS CANARIOS.

Araceli Reymundo, socia nº 31 de ASA, publica este artículo de investigación en el que nos explica los fallos de aplicación de la normativa Europea y el CTE en los edificios de las Islas Canarias. Estas normativas no tienen en cuenta los 26º de diferencia de latitud entre Europa y estas islas y hace que las medidas de eficiencia energética aplicables en Europa no favorecen la eficiencia de los edificios canarios.

 

1) SOMOS EUROPEOS, POR SUPUESTO… PERO CON MATICES.

El Real Decreto 235/2013, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, entró en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado nº 89 (13/04/2013). Según este Real decreto, a partir del 1 de junio de 2013 los propietarios de inmuebles que quieran vender o alquilar una vivienda, deben disponer de un certificado de eficiencia energética, que tiene una vigencia de 10 años.

http://www.minetur.gob.es/ENERGIA/DESARROLLO/EFICIENCIAENERGETICA/CERTIFICACIONENERGETICA/Paginas/certificacion.aspx

No cabe duda de que para el consumidor es muy importante tener información sobre la eficiencia energética del edificio que va a habitar, ya que constituirá un aliciente, tanto desde el punto de vista del confort como desde el ahorro energético que conllevará el uso y mantenimiento del mismo. Un edificio más eficiente consume menos energía, emite menos CO2 y por lo tanto es también más sostenible, por lo que se considera que este certificado es una excelente iniciativa…. si se tuviesen en cuenta el sentido común y las particularidades locales de los lugares donde se aplica.

Las exigencias relativas a la certificación energética de edificios establecidas en su día en la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo, se transpusieron en el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, mediante el que se aprobó un Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. De esa misma directiva Europeapartieron los conceptos y metodología que se utilizaron para la redacción del CTE (Código Técnico de la Edificación), normativa de obligado cumplimiento para los edificios que se realizan en España desde 2006, que en uno de sus documentos básicos (el HE-1 de ahorro de energía) recoge las exigencias que deben tenerse en cuenta para limitar su demanda energética.

Posteriormente se aprueba otra Directiva, la 2010/31/UE del Parlamento Europeo, circunstancia que ha obligado a transponer de nuevo al ordenamiento jurídico español las modificaciones que introduce con respecto a la Directiva anterior.

Quizá se pregunten ¿por qué en lo que va de desarrollo de este artículo se han venido señalando en cursiva y negrita las palabras que hacen referencia a Europa? Porque la base de esta reflexión es que, en materia de eficiencia energética, afortunadamenteCanarias está muy lejos -unos 26º de latitud- de tener que afrontar a base de energía o equipos activos los rigores climáticos europeos. En efecto, la suave oscilación térmica que disfruta el archipiélago y las magníficas posibilidades que tiene de solucionar el confort térmico en el interior de los edificios, simplemente mediante estrategias de diseño, favorecen que se pueda reducir al mínimo, o incluso eliminar las necesidades de consumo energético en climatización. Y este aspecto no se ha tenido en cuenta ni en la elaboración del CTE (DB HE-1) ni en el procedimiento de Certificación Energética.

 

2) El MABICAN: Manual de Arquitectura Bioclimática para Canarias.

En el año 2011, El Instituto Tecnológico de Canarias publica el libro “Sostenibilidad Energética de la Edificación en Canarias”(www.renovae.org/mabican/, posibilidad de descarga gratuita), cuya segunda parte constituye un Manual de Arquitectura Bioclimática para Canarias (De Luxán García de Diego M. y A. Reymundo, 2011). En él se analizan las 42 localidades más pobladas del archipiélago canario y se comprueba que la gran mayoría de ellas (40 de las 42 estudiadas) tiene un clima tan benigno que tan sólo mediante el adecuado diseño pasivo (o bioclimático) de los edificios se podría lograr el confort térmico sin recurrir a instalaciones de climatización. Esto no ocurre en la mayor parte de la península ibérica ni, por supuesto, en el resto de Europa.

2

En este sentido, llama poderosamente la atención la definición que figura en el Real Decreto 235/2013, Capítulo I, Artículo 1 (Objeto, finalidad y definiciones), Apartado 3, letra h) donde se define Edificio como “una construcción techada, con paredes en la que se emplea energía para acondicionar el clima interior”. Evidentemente no es el caso canario y de esta consideración parten muchas de las incongruencias que seguidamente se observarán.

Es lógico que, si se parte de la base de que “no hay más remedio que utilizar energía para climatizar los edificios”, se penalice el hecho de que no se cuente con ella y se bonifique la eficiencia de los equipos activos (calderas, aire acondicionado, biomasa…) que se empleen para la climatización.

Pero desde luego insistimos: no es el caso canario.

3) ASPECTOS DEL CTE QUE NO TIENEN EN CUENTA LAS PARTICULARIDADES CANARIAS Y QUE ES PRECISO ADAPTAR.

3.1.- No se considera la Humedad a la hora de determinar la zonificación climática.

Teniendo en cuenta que uno de los consumos energéticos más importantes de los edificios europeos -y de los edificios canarios que no se han diseñado teniendo en cuenta el clima- corresponde a la climatización, el procedimiento de cálculo de la eficiencia energética -tanto para los edificios nuevos como para los ya construidos- debería tener en cuenta las principales variables que intervienen en la sensación de confort térmico del ser humano: la temperatura y la humedad.

Pues ya empezamos mal: en el Código Técnico de la Edificación o CTE (normativa española en la que se apoya la evaluación de la certificación energética), para establecer la zonificación climática de una localidad -de la que se deducen luego las exigencias para el diseño eficiente – sólo se tienen en cuenta la temperatura y la radiación solar, es decir, no se considera la humedad. Esta simplificación conduce a importantes errores, especialmente graves en climas templados y húmedos como el canario donde las humedades oscilan por lo general entre el 70 y el 95%.

Y es que temperaturas de 25-26ºC en un clima seco como Madrid son llevaderas y sin embargo con humedades altas producen disconfort, por lo que este aspecto debiera tenerse en cuenta en las exigencias de diseño. Tampoco se tienen en cuenta para el establecimiento de la zonificación climática del CTE las notables diferencias que existen en Canarias entre las vertientes norte y sur debidas a la influencia del mar de nubes, que refleja humedades hasta la saturación (100%).

3.2.- Excesiva laxitud en la exigencia de protecciones solares.

Analizando comparativamente las recomendaciones del MABICAN y las del CTE, se observa además que éste no exige la implementación de algunas estrategias claramente necesarias en el clima canario. Por ejemplo es especialmente laxo en cuanto a la exigencia de protecciones solares, no tan necesarias en el norte de Europa. En Canarias, en toda la franja de costa hasta 800 m de altitud (zona A3), que es la más cálida, se permiten diseños de fachadas sur con hasta un 50% de acristalamiento sin ninguna protección solar, lo cual favorece aportes indeseables de radiación solar, especialmente en verano.

3.3.- Exigencias del CTE que van en contra de los diseños bioclimáticos canarios.

En cambio el CTE si exige otras medidas que irían en detrimento de las estrategias de la arquitectura bioclimática en Canarias. Por ejemplo, exige en todos los casos la disposición de aislamiento térmico en la zona de contacto de la edificación con el terreno. Esta estrategia tiene mucho sentido en los climas fríos europeos para que no se produzcan pérdidas energéticas de la calefacción hacia el terreno.

Sin embargo, en las zonas de costa de la vertiente sur de las Islas Canarias (las más pobladas del archipiélago), la severidad climática corresponde básicamente a los meses de verano siendo el invierno muy suave. En este sentido, una de las estrategias bioclimáticas más eficaces es la de favorecer el contacto del edificio con el terreno, para aprovechar su inercia térmica, ya que el terreno mantiene una temperatura anual mucho más estable que la del aire pudiendo contribuir a moderar y estabilizar la temperatura interior del edificio, especialmente durante los meses de verano.

Por tanto, la exigencia del CTE de disponer en todos los casos aislamiento térmico en el contacto de la edificación con el terreno, le impediría beneficiarse de esta estrategia que pudiera contribuir a evitar la necesidad de climatización mediante sistemas activos, reduciendo la demanda energética y la huella de carbono asociada.

 

4) LA CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS CANARIOS.

Los procedimientos reconocidos que en la actualidad pueden utilizarse para la evaluación de la eficiencia energética de los edificios canarios contienen estos errores de partida, pero no son los únicos observados.

4.1.-Penalizaciones por no climatizar, de acuerdo con las exigencias del CTE.

A modo de ejemplo, según el diagrama de confort de la localidad de Santa Cruz de Tenerife (MABICAN, 2011) puede diseñarse un edificio con estrategias bioclimáticas que no necesite climatización ni en invierno ni en verano. En cambio según el CTE, si sería necesaria la climatización en verano. Recordemos lo laxo que es el CTE en cuanto a exigencias de protección solar en los huecos de la fachada y la imposibilidad de beneficiarse del contacto con el terreno porque obliga a colocar aislamiento, lo cual favorece los sobrecalentamientos en verano en el interior de la edificación.

Como consecuencia de estas absurdas condiciones de partida- impuestas por un CTE inadaptado al clima canario- en la Certificación de Eficiencia Energética se penaliza que el edificio no disponga de energía para la climatización en verano- sin plantearse si mediante un diseño adecuado pudiera evitarse- y en cambio se premia que se proyecte una climatización que provenga de fuentes renovables y/o eficientes.

No cabe la menor duda de que estas instalaciones –eficientes, renovables- son muy deseables, especialmente en Canarias, y que deben ir sustituyendo a las energías fósiles; pero debe tenerse en cuenta que la fabricación, transporte y mantenimiento de los equipos lleva también asociadas inversiones y emisiones de CO2, por lo que entendemos que, en climatización, debieran entrar en escena sólo cuando las posibilidades de reducir la demanda energética mediante el diseño adaptado al clima estén agotadas. ¿Tendría sentido premiar una instalación de frío solar para reducir las ganancias térmicas producidas por un gran lucernario en la cubierta de un edificio de viviendas sociales? Entendemos que no, máxime si el colectivo que debe mantenerlas tiene recursos limitados.

4.2.- Procedimientos para la mejora de la calificación energética: la biomasa

Una vez obtenida la calificación energética del inmueble, los programas permiten que el técnico sugiera mejoras para la eficiencia energética del edificio. Una de las mejoras que se prevén, mediante la que se puede lograr una calificación muy alta, es la utilización de biomasa para el funcionamiento de las instalaciones. Esto es debido a que la directiva ha considerado que la energía generada a partir de biomasa es una energía renovable y que contribuye a frenar el cambio climático. Así se ha estimado que las emisiones de CO2 que se generan con su combustión son equivalentes a las que la vegetación de la que se extrae consumió durante toda su vida por lo que la huella de carbono asociada a este tipo de combustible se considera cero.

Sin embargo consideramos que esta asignación se ha simplificado en exceso ya que la combustión de biomasa no sólo emite CO2, sino también otras partículas perjudiciales para el medioambiente y que, parte de la biomasa utilizada para la combustión, quizá podría haber seguido secuestrando CO2 de no haber sido utilizada para la generación de energía. Pero además en Canarias deben considerarse dos aspectos importantes: que la alimentación de calderas de biomasa suele hacerse con el material más barato, los pellets, que vienen del continente mediante transporte -que emite CO2 y no se considera- y que la biomasa en Canarias tiene un aprovechamiento mucho más necesario y eficiente como es la contribución a la re-generación y mejora de suelos aptos para la agricultura ecológica, mediante técnicas que se ha demostrado que mejoran la rentabilidad de las cosechas, disminuyendo el riesgo de plagas por lo que reducen también la utilización de pesticidas.

4.3.- Certificación para cada vivienda o para todo el edificio.

Otra de las incongruencias que favorece este procedimiento para la evaluación de la eficiencia energética es la posibilidad de poder evaluar un edificio residencial vivienda a vivienda o evaluar, con la misma calificación, la totalidad del edificio.

Debido a lo benigno del clima, la acertada orientación de la edificación en Canarias supone un alto porcentaje de las posibilidades de lograr el confort durante todo el año, sin recurrir a la climatización artificial. En efecto, debido a las diferencias en el recorrido solar estacional invierno- verano, una vivienda con fachada sur logrará el máximo de aportes solares durante el invierno y el mínimo en verano, es decir, acorde con las necesidades habituales. En cambio una fachada norte no recibirá ninguna insolación durante los meses más fríos. La fachada oeste es la que peor se comporta ya que recibirá mucha radiación solar durante los meses más cálidos al final del día, cuando el edificio ya está recalentado, y recibe los rayos del sol prácticamente horizontales, hasta el fondo de los espacios que contiene.

Sin embargo la certificación energética permite que se haga la evaluación vivienda a vivienda o bien para todo el edificio por lo que, en un edificio que tenga viviendas a todas las orientaciones podrían evaluarse con la misma nota, sea cual sea su orientación. Quizá se haya considerado que en Europa esta determinación no sea tan relevante, pero desde luego en Canarias esta simplificación es un despropósito. Consideraciones como esta hacen que el ciudadano perciba este tipo de certificaciones como una estrategia puramente recaudatoria.

 

5) CONCLUSIONES

La determinación de la eficiencia energética de los edificios con una metodología rígida para toda Europa pudiera producir errores muy graves. Consideramos más adecuado valorar la eficiencia de los edificios teniendo en cuenta inexcusablemente las posibilidades de disminución de consumo energético mediante la adaptación de los mismos al medio en que se ubican, priorizando los diseños más eficientes, que son también los que menos emisiones producen, menos mantenimiento demandan y menor huella de carbono generan.

Es decir: es mucho más eficiente y sostenible un edificio diseñado con estrategias que eviten la climatización y los equipos activos que uno que necesite climatización, por muy eficiente que sea el sistema que se emplee. Si el edificio se analiza y se mejora su diseño mediante estrategias bioclimáticas, pudiera ser que incluso no necesitara energía para garantizar el confort. Esto hará al edificio menos vulnerable ante posibles cortes de suministro de energía eléctrica, al habitante también menos vulnerable ante previsibles subidas en la tarifa energética al tiempo que hará el edificio más confortable y saludable y con menor huella de carbono.

De igual forma, si se pretende hacer más eficiente un edificio que ya está construido es importante hacer previamente una auditoría energética para ver qué aspectos podrían mejorarse en su diseño antes de introducir equipos activos o proponer cambios en los ya existentes por otros más eficientes.

Por todo lo anteriormente expuesto se estima que la certificación energética, tal cual se aplica en Canarias, pudiera premiar soluciones inadecuadas o innecesarias en nuestro clima (equipos para la climatización) y en cambio no valorar otras estrategias más sostenibles, de consumo energético y emisiones de CO2 nulas, como la climatización por medios pasivos que ofrecen los diseños bioclimáticos. En este sentido pensamos que la eficiencia energética real del edificio no estaría correctamente valorada ni ponderada.

El Gobierno de Canarias debiera tratar de adaptar las directivas europeas en aspectos en los que claramente esta comunidad se diferencia del resto del continente europeo. No es lo mismo trasponer una normativa relacionada con la accesibilidad- limitaciones comunes a todos los habitantes del planeta- que una relacionada con la energía y el confort, aspecto en el que esta comunidad se diferencia y se considera muy afortunada por su benigno clima.

 

Para contactar con ASA:

Web de ASA

Facebook de ASA

Twitter de ASA

Correo de ASA: info@sostenibilidadyarquitectura.com

 

* Este artículo ha sido escrito con carácter divulgativo y sin ningún tipo de ánimo de lucro. Así que si te apetece compartirlo en cualquier otro medio, estaremos encantados de que lo hagas siempre y cuando cites el lugar donde lo has encontrado.

 

* ASA, Asociación Sostenibilidad y Arquitectura es una asociación de arquitectos y urbanistas que integra los trabajos que se llevan a cabo sobre sostenibilidad, medio ambiente, biodiversidad y cambio climático, para potenciar su aplicación, difusión, investigación y colaboración.

* Los editores de esta publicación digital no nos hacemos cargo de de los comentarios y  conceptos vertidos en los textos firmados por otras personas, siendo éstos de responsabilidad exclusiva de sus autores.

* Tu comentario pudiera ser moderado, por lo tanto, antes de aparecer en la entrada, los editores de esta publicación digital nos reservamos el derecho tanto de editarlo (si fuera necesario, para hacerlo más legible) como de eliminarlo en el caso de que se usen expresiones incorrectas (descalificaciones, palabras malsonantes…). A su vez, si quieres comentar desde el anonimato puedes hacerlo, aunque, nosotros personalmente, agradecemos que tod@s nos podamos identificar.

 

Tags: Araceli Reymundo
Categoría arquitectura sosteniblecanal ASASocios ASA | No Comments »

Read More