L'EDITORIAL

El Departament de Justícia obre a consulta pública prèvia la modificació del Codi civil de Catalunya per establir l’obligatorietat de la sessió informativa de mediació

El Govern ha aprovat la memòria preliminar de l’Avantprojecte de llei de modificació del llibre segon del Codi civil de Catalunya i ha iniciat, així, els tràmits per establir l’obligatorietat de la sessió informativa de mediació en determinats conflictes familiars.

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El Consejo General del Poder Judicial presenta la Guía de la mediación intrajudicial

El Consejo General del Poder Judicial presentó la nueva Guía de la mediación intrajudicial, especialmente dirigida a jueces y magistrados, el pasado lunes 7 de noviembre de 2016.

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LA GUÍA

El Consejo General del Poder Judicial presentó la nueva Guía de la mediación intrajudicial, especialmente dirigida a jueces y magistrados, el pasado lunes 7 de noviembre de 2016.

Se trata de una serie de protocolos, especialmente adaptados a cada una de las jurisdicciones, separando la de familia de la civil por su especificidad, que dirigen los pasos del juzgador para discriminar si el caso es susceptible de ser derivado a mediación y, en el caso que así sea, cómo hacerlo. 

Desde la AAEPFMC y la UAPFE celebramos todo el esfuerzo que realiza el CGPJ para hacer de la mediación una posibilidad conocida y contemplada por la ciudadanía y su contribución consecuente en la mejora de la saludabilidad y responsabilidad de nuestra sociedad, tarea en la que colaboramos con entusiasmo desde nuestra profesión. 

Descargar la guía

Visitar la web de mediación del CGPJ

EL ACTO DE PRESENTACIÓN

Ell acto tuvo lugar en el Salón de Actos de la sede principal del CGPJ.

Tras la presentación del acto de Ana Mª Carrascosa, inauguraron la jornada el Excmo. Sr. Vocal Don Álvaro Cuesta y la Exma. Sra. Vocal Doña María Concepción Sáez Rodríguez, que expresaron la implicación de la Institución en la promoción de la mediación intrajudicial. 

A continuación, el coautor de la primera Guía de mediación intrajudicial penal, doctor en derecho, mediador y profesor de la Universidad e Comillas, Julían Ríos, desarrolló una conferencia inaugural que hizo vibrar al público, apelando a lo más auténtico e interior de las personas: agresores y víctimas, mediadores y partes. El punto humano que une a unos y a otros, que sufre de la violencia personal y heredada, y que, tras mucho trabajo y maduración, un día lleva al encuentro en un terreno común en que el sufrimiento puede ser comprendido y trascendido. 

La presentación de la Guía fue a cargo de los coordinadores de los grupos de expertos de cada jurisdicción: la magistrada de  la Audiencia Provincial de Barcelona, Raquel Alastruey como coordinadora del grupo de expertos en civil, Ignacio Subijana, presidente de la Audiencia Provincial de San Sebastián, coordinador del grupo de expertos de penal; Luís Aurelio González Martín, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia 73 de Madrid como coordinador de el grupo de expertos de familia; Gerardo Carballo, asesor del Defensor del Pueblo, coordinador del grupo de expertos de contencioso-administrativo, y M del Rosario García Álvarez, magistrada de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid como coordinadora del grupo de expertos de laboral.

 Todos ellos explicaron los principios que habían regido el trabajo de los grupos e hicieron una pequeña introducción al contenido de la Guía. 

El acto fue clausurado por el Excmo. Sr. Vocal D. Rafael Mozo y la Exma Sra. Vocal Pilar Sepúlveda.

 


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RESUMS DE PONENCIES I TALLERS- 1er. Congrés Estatal Interprofessional de Mediació

Un resum del contingut que va ser exposat en ponències i tallers del Congrés per tal que tots els agrupats puguin estar-ne al corrent

El comitè delegat per al seguiment del 1r Congrés Estatal Interprofessional de Mediació de Sabadell ha elaborat un resum del contingut que va ser exposat en ponències i tallers del Congrés per tal que tots els agrupats puguin estar-ne al corrent. 

A tots ells, Joan Boada, Lourdes Cabrero, Teresa Carbonell i Carlos Fernàndez Prat, moltes gràcies pel treball, la dedicació i generositat.

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PARTICIPACIÓ DE L'AAEPFMC EN EL 1R. CONGRÉS ESTATAL INTERPROFESSIONAL DE MEDIACIÓ A SABADELL

Participació de l'AAEPFMC al Congrés i resum de la ponència d'Isabel Viola: MEDIACIÓ RESIDENCIAL: L’EXPERIENCIA DEL “CLINHAB” EN LA UNIVERSITAT DE BARCELONA

Redacció: Comitè de mediació

Els dies 10 i 11 de març, el CICAB va organitzar el primer Congrés Interprofessional de Mediació celebrat a Sabadell.

El Col·legi d’Arquitectes, a través de la seva Agrupació d'Arquitectes Experts Pericials, Forenses i Mediadors fou convidat a participar en l'esdeveniment, i, a part d'assistir-hi oficialment des de la representació de l'Agrupació, el Secretari de l’AAEPFMC, Ricardo Gómez Val va moderar la ponència de Isabel Viola sobre el “ClinHab”.

La trobada va ser profitosa i agradable, i prèviament a l'inici de les ponències, els representants de l'Agrupació van saludar als Ponents tot i per intercanviant visions sobre objectius comuns.

És destacable que el nombre d'arquitectes mediadors assistents a les diferents ponències i tallers del Congrés va ser significativa tant en quant a presència com a participació.

En el torn de preguntes es va suggerir a la taula estudiar una possible col·laboració de l’Agrupació amb el “ClinHab”, la qual cosa va recollir molt positivament la ponent Isabel Viola.


A continuació es reprodueix un resum de la ponència de temàtica relacionada amb la nostra àrea professional:

MEDIACIÓ RESIDENCIAL: L’EXPERIENCIA DEL “CLINHAB” EN LA UNIVERSITAT DE BARCELONA

Ponent: Isabel Viola, Dra. en Dret i Mediadora - Professora titular Dret Civil de la UB

Moderador: Ricardo Gómez Val, Arquitecte - Secretari de l’AAEPFMC

La Clínica Jurídica en Dret Immobiliari i Mediació residencial, “ClinHab”, forma part del Projecte “dret al Dret”, de la Facultat de Dret de la Universitat de Barcelona que ofereix un servei gratuït de consultes i informació en relació a les possibilitats de mediació residencial, evitant la judicialització dels conflictes relacionats amb arrendaments i préstecs hipotecaris.

Està integrada per professors de Dret privat, estudiants dels darrers cursos de Dret, voluntaris experts en dret immobiliari i préstecs hipotecaris i entitats socials relacionades amb l’habitatge.

Compleix un doble objectiu:

  • la formació d’estudiants
  • proporcionar informació al ciutadà que ho necessita

Atenen directament els estudiants amb el recolzament i assessorament dels advocats i experts que participen en la clínica.

Pel ciutadà de peu que accedeix al servei, la informació que se li ofereix suposa un apoderament per afrontar el conflicte. Surt informat de què i com ha de fer per poder gestionar la solució dels seus problemes.

Un cop feta la consulta atesa per estudiants i quan és necessari, l’equip format per tots els components del “ClinHab” estudien el cas i ofereixen un diagnòstic amb proposta d’actuació.

En el cas de conflictes hipotecaris se’ls dirigeix a “Ofideute” perquè faci la intermediació amb les entitats financeres.

En cas de diagnosticar al ciutadà la conveniència d’acudir a mediació, recomanen a un equip de mediadors, extern al servei, amb el que tenen un conveni signat.

Isabel Viola aporta una sèrie d’exemples de casos que comenta molt superficialment per manca de temps agrupats en tres apartats:

  • A.      Casos de propietaris en risc d’exclusió social afrontats mitjançant mediació
  • B.      Mediació de conflictes en arrendaments
  • C.      Casos de tècniques de negociació cooperativa

Reflexions finals:

  • La mediació en l’habitatge afavoreix que la relació personal i/o jurídica resti preservada o que acabi de forma pacífica
  • Les tècniques de negociació col·laborativa poden ser eficients per gestionar casos de conflictes residencials.
  • Els estudis universitaris són un espai idoni on incloure la mediació, els seu procés, les tècniques per formar als professionals del futur en la gestió positiva dels conflictes.
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La mediación a la luz de la nueva Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

La nueva Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil incorpora pocos pero sensibles cambios procesales que afectan a la actividad mediadora

28 de OCTUBRE de 2015

LAWYERPRESS

Por Aura Esther Vilalta Nicuesa, Presidenta de Iusmediare, Profesora Agregada de derecho civil de la UOC

 

Esta Ley, que ha entrado en vigor al día siguiente de su publicación, esto es, en fecha 6 de octubre de 2015 (BOE núm. 239) incorpora pocos pero sensibles cambios procesales que afectan a la actividad mediadora y que en breve síntesis exponemos a continuación:

En primer lugar, y modificando la Ley de Enjuiciamiento Civil,otorga a las partes durante el desarrollo de la vista la posibilidad de llegar a un acuerdo, a desistir del proceso o a solicitar la homologación de lo que hubieren acordado. En este caso, el acuerdo homologado judicialmente surtirá los efectos atribuidos por la ley a la transacción judicial y podrá llevarse a efecto por los trámites previstos para la ejecución de sentencias y convenios judicialmente aprobados. Dicho acuerdo podrá impugnarse por las causas y en la forma que se prevén para la transacción judicial.

Si no hubiere todavía acuerdo pero lo desean intentar, las partes de común acuerdo podrán también solicitar la suspensión del proceso para someterse a mediación. En este caso, el tribunal examinará nuevamente la concurrencia de los requisitos de capacidad jurídica y poder de disposición de las partes o de sus representantes debidamente acreditados, que asistan al acto. Si terminara la mediación sin acuerdo, cualquiera de las partes podrá solicitar que se alce la suspensión y se señale fecha para la continuación de la vista. Si por el contrario fuese alcanzado, deberán comunicarlo al tribunal y podrán solicitar su homologación judicial tras lo cual se decretará el archivo del procedimiento (vid. art. 443 apartado1 LEC).

Por otro lado, elimina de la Ley procesal Civil la previsión de que en las audiencias previas a un juicio, comparecidas las partes, tengan éstas la oportunidad de solicitar, de mutuo acuerdo, la suspensión del proceso para someterse a arbitraje, manteniendo sin embargo la posibilidad de acudir a la mediación, medida que refuerza la apuesta del legislador por esta modalidad facilitativa de gestión y resolución de los litigios. Así se dice ahora en el artículo 415.1 que “las partes de común acuerdo podrán también solicitar la suspensión del proceso de conformidad con lo previsto en el apartado 4 del artículo 19, para someterse a mediación. En este caso, el tribunal examinará previamente la concurrencia de los requisitos de capacidad jurídica y poder de disposición de las partes o de sus representantes debidamente acreditados, que asistan al acto”.

Finalmente, introduce en la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita la posibilidad de acceder a asistencia jurídica gratuita para obtener información sobre la posibilidad de recurrir a la mediación u otros medios extrajudiciales de solución de conflictos, en los casos no prohibidos expresamente por la ley, cuando tengan por objeto evitar el conflicto procesal o analizar la viabilidad de la pretensión. Y añade que cuando se trate de víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos, así como de menores de edad y las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, la asistencia jurídica gratuita comprenderá asesoramiento y orientación gratuitos en el momento inmediatamente previo a la interposición de denuncia o querella.

Estas medidas pretenden introducir cambios obligados en la normativa española para adecuarla a la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles, que exige que los Estados miembros deben alentar a los profesionales del Derecho a informar a sus clientes de las posibilidades que ofrece la mediación, motivo por el cual, la propia Ley española 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, vino a establecer que las Administraciones públicas competentes procurarán incluir la mediación dentro del asesoramiento y orientación gratuitos previos al proceso en la medida que ello permita reducir tanto la litigiosidad como sus costes. No obstante, como señala la exposición de motivos, la obligación de facilitar esta información no supone que deban asumirse los gastos generados en la sesión informativa a que se refiere la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.

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38 arquitectes mediadors reben el títol de Mediadors professionals en l'àmbit de l'arquitectura i l'urbanisme

A partir d'ara, el Centre de Mediació del Col·legi d'Arquitectes de Catalunya s'obre al públic amb la voluntat de ser un referent de qualitat i col·laboració amb una societat cada vegada més sana i intel·ligent. 

Aquest passat dia 30 de setembre, els 38 arquitectes que han cursat el Diploma universitari de postgrau de Mediació Professional en l'àmbit de l'arquitectura i l'urbanisme durant el curs 2014-2015, han rebut el el seu diploma acreditat per la Universitat Pompeu Fabra.

La Mediació és una segona professió a la que qualsevol persona universitària pot accedir cursant almenys 170 hores lectives i presencials de formació homologada per la Generalitat de Catalunya. 

Els arquitectes, i especialment els perits, avesats a treballar entorn del conflicte i a col.laborar amb la Justícia, poden aportar a la societat, a través de l'aplicació dels coneixements de Mediació i el seu propi bagatge professional, una ajuda important en la resolució dels  conflictes en general, i especialment els relacionats amb l'arquitectura i l'urbanisme, d'una forma més ràpida, efectiva, amistosa i econòmica que la via del litigi i els tribunals.

Al mateix temps poden ajudar a incrementar l'efectivitat i la satisfacció en processos participatius, de gestió del pensament comú i valoració objectiva de situacions. 

Probablement també siguin una via per resoldre problemes que quedarien enquistats perquè potser ningú els vol dur a judici, però no per això deixen d'existir i dificultar la vida als ciutadans. 

Al llarg del curs de 180 hores presencials, els alumnes s'han entrenat en l'aplicació de tècniques de gestió del coneixement i les emocions, negociació, racionalització d'idees, conducció de grans grups, i reorientació de l'experiència del conflicte, problema o dilema, cap a una visió constructiva i de creixement. 

Aquesta formació i entrenament tan llarg són necessaris per a operar la pròpia transformació en el mateix Mediador, i fer-lo capaç de situar-se en una posició d'acompanyament professional i respecte a la llibertat de les parts. 

A partir d'ara, el Centre de Mediació del Col·legi d'Arquitectes de Catalunya s'obre al públic amb la voluntat de ser un referent de qualitat i col·laboració amb una societat cada vegada més sana i intel·ligent. 

 

 

 

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Conflicto solucionado mediante mediación contenciosa en Canarias

Esta noticia resulta una alegría que confirma que la mediación es un camino útil y provechoso también cuando se trata de conflictos en los que almenos una de las partes es la Administración.

Esta noticia resulta una alegría que confirma que la mediación es un camino útil y provechoso también cuando se trata de conflictos en los que almenos una de las partes es la Administración.


Telde pagará 247.000 euros para resolver el litigio del Decathlon generado por el gobierno PP-Ciuca

El Ayuntamiento alcanza un acuerdo con la promotora y los propietarios afectados gracias a la mediación judicial y da por ejecutada la sentencia que anuló el convenio urbanístico

La corporación afrontará el pago en dos plazos, los primeros trimestres de 2016 y 2017

Promociones Horneras, del empresario Ambrosio Jiménez, deberá pagar la mayor parte de la indemnización, 980.000 euros

La alcaldesa, Carmen Hernández, asegura que este acuerdo borra la amenaza de derribo del establecimiento

Iván Suárez  - Telde

15/09/2015 - 18:34h

  • Instalaciones de Decathlon en la ciudad de Telde.

MÁS INFO

El Ayuntamiento de Telde cierra uno de los entuertos judiciales heredados del denominado cuatrienio negro (2003-2007) del gobierno del Partido Popular (PP) y Ciudadanos por el Cambio (Ciuca), un periodo plagado de actuaciones urbanísticas que acabaron en los tribunales. Por una de ellas, la que permitió la construcción de un establecimiento de la multinacional Decathlon en una parcela del barrio de La Pardilla, el Consistorio deberá pagar ahora algo más de 247.000 euros en concepto de indemnización a dos propietarios de los terrenos a quien ignoró en el momento de suscribir el convenio con Promociones Horneras, empresa de Ambrosio Jiménez.

La mediación judicial ha posibilitado un acuerdo entre la corporación local, la promotora y los dos propietarios que acudieron a la vía contencioso-administrativa, según han anunciado este martes en rueda de prensa la alcaldesa de Telde, Carmen Hernández; el concejal de Urbanismo, Juan Francisco Artiles, y el edil de la Asesoría Jurdica, Alejandro Ramos.

Once años después de la firma del convenio, anulado por la Justicia en 2009, se resuelve de este modo un conflicto por el que la empresa de Ambrosio Jiménez abonará la mayor parte de la indemnización, 980.000 euros. El Ayuntamiento deberá ahora desarrollar un proyecto de compensación para legalizar todas las actuaciones desarrolladas en esa parcela. El pago a los propietarios lo realizará en dos plazos, en los primeros trimestres de 2016 y 2017.

El caso tiene su origen en el Convenio Urbanístico de Gestión Concertada aprobado por la Junta de Gobierno Local el 15 de octubre de 2014, siendo entonces concejal de Urbanismo Guillermo Reyes (Ciuca) y alcalde, Francisco Valido (PP).

Según ha recordado Artiles este martes, el Ayuntamiento tramitó el expediente del proyecto de urbanización con gran celeridad. Tan sólo 36 días después de haberse aprobado, se le había concedido las licencias de obra y apertura. Antes de obtener estos permisos, el empresario ya había construido en la parcela, ha precisado el concejal de Urbanismo, que ha calificado el caso como "la historia de un despropósito".

Al quedarse fuera del convenio, los propietarios afectados acudieron primero al Ayuntamiento, que desestimó su recurso, y después a la vía judicial. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) acabaría dándoles la razón al estimar su recurso contra una sentencia desfavorable del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Las Palmas de Gran Canaria. El fallo, de octubre de 2009, anuló el convenio suscrito en 2004.

Con la resolución del TSJC en la mano, el equipo de gobierno entonces formado por NC, el PSOE y el CCN, preguntó a la Sala por los términos de ejecución de la sentencia. Fue el inicio de un largo periodo de recursos formulados por la promotora y los demandantes. Finalmente, en junio de 2011, ya con el nuevo pacto entre el PP, Ciuca y CC, la juez María Olimpia del Rosario dio un plazo de diez días al Ayuntamiento para cumplir el auto, lo que obligaba a abrir un expediente para declarar la lesividad del desarrollo urbanístico de la parcela, ya que la Administración no podía anular sin más las licencias de obra y apertura.

"En este periodo se pasó de las prisas a la lentitud", ha explicado Artiles en alusión a la falta de respuestas de la corporación entonces liderada por María del Carmen Castellano (PP), quien incluso fue multada en enero de 2013 por el reiterado incumplimiento de la sentencia, tras hacer caso omiso a los numerosos autos y providencias de los juzgados. Fue en ese momento, veinte meses después del primer requerimiento, cuando se produjo la primera respuesta del gobierno municipal, que recurrió la sanción a la alcaldesa.

"La asesoría jurídica se había desmantelado", ha afirmado el concejal de Urbanismo, que sólo ha reconocido como acertada la decisión adoptada en enero de 2015 de acudir a la mediación judicial, que es la que finalmente ha resuelto el entuerto.

Para Carmen Hernández, el expediente del Decathlon es un ejemplo de "la desidia, dejación e irresponsabilidad" del anterior equipo de gobierno y una muestra de "cómo se han hecho las cosas en Telde en los últimos años". "Donde Telde tenía que haber sacado un beneficio económico y de generación de empleo, tenemos que pagar para desenredarlo", ha aseverado la alcaldesa. que ha añadido que el acuerdo pone fin a las especulaciones sobre el derribo del establecimiento y que espera recuperar con el proyecto de compensación el 10% del aprovechamiento del suelo que tenía que pagar el promotor todos los años.

Hernández ha manifestado su intención de recurrir a la mediación para solucionar los conflictos que aún permanecen abiertos y para convertir "la desconfianza y el descrédito" de la institución ante los tribunales en seguridad jurídica.  El nuevo gobierno municipal se ha marcado como prioridad "responder en tiempo y forma" a los requerimientos de los juzgados, función a la que se dedica en exclusividad una de las letradas del Ayuntamiento.

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Crónica sobre la actualidad de la mediación

Durante los días 29 de junio a 2 de julio de 2015 se ha celebrado en la Universidad Complutense de Madrid, en sesiones de 9 a 19h, el II Congreso Internacional de Mediación.

La AAEPFC estaba allí.

La AAEPFC estaba allí!

Enlace a noticia 

¿Qué hacen una arquitecta de Barcelona, una oficiala keniata, una abogada escocesa, una restauradora catalana y una abogada madrileña durante la primera ola de calor del verano? Asistir a un congreso de Mediación en Madrid.

Durante los días 29 de junio a 2 de julio de 2015 se ha celebrado en la Universidad Complutense de Madrid, en sesiones de 9 a 19h, el II Congreso Internacional de Mediación, el llamado World Mediation Summit-Madrid www.worldmediationsummit.com.

 

Por Mercedes Leguina.

Abogada y Mediadora

La organización del Congreso, de carácter privado, ha contado con el apoyo institucional y sobre todo, con la entrega entusiasta de más de cien mediadores.

Durante estos cuatro días, ayudados por un agradecido aire acondicionado y por el siempre aire decadente y romántico de la Universidad Complutense, se ha debatido sobre algunos aspectos relevantes de la Mediación, desde el análisis teórico del conflicto hasta la consecución del Acuerdo de Mediación.

La primera reflexión que me gustaría hacer es el verdadero carácter internacional del encuentro, múltiples nacionalidades han aportado su experiencia: desde los organizadores canadienses, a ingleses, irlandeses, australianos, holandeses, colombianos, argentinos, andorranos, portugueses o mexicanos, hasta representantes de toda la geografía española: vascos, catalanes, madrileños, castellanos o andaluces.

También ha sido un lujo el nivel de los ponentes, desde Administraciones Públicas, Instituciones de Mediación, universidades españolas, empresarios, abogados, jueces, mediadores, psicólogos, profesores, doctorandos, investigadores e incluso embajadores. Todos ellos con una pasión compartida: la Mediación.

La jornada inaugural, más allá de cargos e ilustres instituciones, se caracterizó por el golpe de realidad en las palabras de los ponentes: férrea creencia en la Mediación pero necesidad de difusión y apoyo político; mucha inversión para un escaso retorno a medio plazo.

Y este puede decirse que fue el titular del Congreso: creemos en la Mediación pero la realidad a día de hoy es que se trata de un mercado de oferta, no de demanda. Se precisa más visibilidad y mucha formación para conseguir un cambio cultural que promueva el diálogo entre los ciudadanos y la gestión positiva de los conflictos.

La mayoría de los ponentes señaló que el conflicto es intrínseco a la condición humana y debemos aprender a solucionarlo de un modo nuevo, debemos desaprender lo aprendido para alcanzar soluciones reales y duraderas.

Ya en la primera de las jornadas se produjo la impactante intervención de los Excmos. Embajadores de Israel y Palestina. Sus puntos de vista nos hicieron reflexionar a todos los presentes y provocaron la intervención de la moderadora que, ante la vehemencia de sus exposiciones, no pudo sino ofrecerles un mediador de entre los que se encontraban en la Sala. 

Interesantísimas las intervenciones de los Excmos. Embajadores de Colombia y Suecia quienes dieron su visión real del conflicto armado, por un lado, y del apoyo internacional por otro.

Hay que señalar como otro de los temas tratados, la importancia de la formación sobre Mediación; formación a todos los niveles: en las escuelas donde existe un término precioso poco conocido: el “Plan de convivencia”; formación en las Comunidades; formación para  empoderar a jóvenes, mujeres y personas claves dentro de la sociedad; formación en las organizaciones, en las empresas; o formación sobre las diferencias culturales como cuestión fundamental para la Mediación. Sobre la  multiculturalidad tuvimos la oportunidad de analizar un caso real sobre un conflicto vecinal de 13 nacionalidades asumido por la Asociación Madrileña de Mediadores en las afueras de Madrid. Magnífico ejemplo.

También se llevó a cabo un taller sobre Mediación en casos de bullying escolar. Qué terrible tema de actualidad, ¿verdad? En este caso, la Mediación y la Cultura de la Paz son las claves para asegurar una sociedad que gestione de manera eficaz los conflictos, a través del aprendizaje de nuestros niños.

En cuanto a las experiencias en Mediación se analizó desde distintas perspectivas la Mediación intrajudicial que se está implementando en distintos lugares de España. El debate sobre la obligatoriedad de la Mediación también se puso sobre la mesa, en base a la experiencia de nuestros socios europeos, sin que ninguna medida concreta se esté llevando a cabo en la actualidad de manera coordinada.

La Mediación intrajudicial constituye a día de hoy, en mi opinión, el ensayo de laboratorio donde unos cuantos valientes, jueces y abogados, ponen en práctica la Mediación de forma singular y extraordinaria y que precisan, como todo proyecto de I+D, tiempo y recursos, pero que nadie en su sano juicio debería criticar su labor. Por tanto, todos ellos, un ejemplo a seguir.

En el Congreso también se abordó la cuestión de la profesión del mediador, en particular, su relación con los abogados. Poco se habló del argumento, ya trasnochado, de que la Mediación es un ahorro de tiempo y dinero.  Mucho más importante me parece la visión holística de la Mediación, como un todo, una labor que requiere de los mejores profesionales, con formación basada en criterios de calidad y no de cantidad como se recoge en la actual ley, que colaboren con otros profesionales y cuyo trabajo sea reconocido y debidamente remunerado.

Me gustó especialmente la idea de que los mediados/clientes tengan acceso a un “consentimiento informado” por parte de su abogado, que le asesore de los métodos alternativos y adecuados para dar solución a su problema. Ojalá esta visión del asesoramiento legal llegue pronto a la profesión.

También tuvieron voz en el Congreso distintas universidades españolas en las que en la actualidad se enseña, forma e investiga en Mediación, si bien ellos prefieren denominarla de forma amplia: la gestión de conflictos, y en el que el derecho colaborativo es un concepto fundamental que ya debe ser conocido por todos los futuros licenciados en Derecho.

Por último, tuvimos ocasión de conocer once experiencias reales en Mediación, tanto en España como en países como México, Colombia, Portugal o Argentina, que junto la exitosa experiencia de Australia y de la Policía Local de Valencia, expuestas en las primeras jornadas, dieron esperanza a todos los asistentes.

La ceremonia de clausura del Congreso consistió en unaperformance sin palabras que representaba la justicia restaurativa. La Mediación logra llegar donde no llegan las palabras. Es la “magia” de la Mediación, término muy escuchado estos días.

Creo que todos los asistentes al Congreso coincidirían conmigo en que la Mediación es, a día de hoy, una pasión que todos queremos convertir en amor verdadero. Las claves de esta carrera de fondo están en la difusión y formación en la Cultura de la Paz y en el diálogo para construir una sociedad más feliz.

Finalmente, felicitar a todos los participantes por su entrega e ilusión, y desde aquí, reivindicar el necesario apoyo político, social y de las instituciones para llegar juntos a la meta: el cambio cultural que todos deseamos.

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Dia Europeu de la Mediació

El Departament de Justícia, juntament amb institucions relacionades, han organitzat la celebració el 21 de gener del Dia Europeu de la Mediació per promoure la mediació entre els ciutadans i donar-ne a conèixer les característiques i avantatges com a procediment per a la resolució de conflictes. 

El proper dia 21 de gener se celebrarà el Dia Europeu de la Mediació.

El Consell d'Europa va ser la primera institució europea que va manifestar la necessitat d'instituir, promoure i reforçar la mediació com un procediment de resolució de conflictes i es va materialitzar en la Recomanació nº R (98) 1, sobre mediació familiar, aprovada pel Comitè de Ministres del Consell d'Europa.

El Departament de Justícia, juntament amb un conjunt d’institucions relacionades amb la promoció de la mediació i la col·laboració de més de 30 institucions, han organitzat la celebració el 21 de gener del Dia Europeu de la Mediació per promoure la mediació entre els ciutadans i donar-ne a conèixer les característiques i avantatges com a procediment per a la resolució de conflictes.  

Així, es duran a terme diverses activitats arreu de Catalunya i la celebració conclourà a Barcelona amb un acte conjunt de les institucions que hi participen.

El Departament de Justícia, a través del Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya, ha organitzat les activitats següents:


Punts d'informació a la Ciutat de la Justícia
Lloc: Ciutat de la Justícia, edifici C (Gran Via de les Corts Catalanes, 111. Barcelona) i edifici H (Avinguda del Carrilet, 2. L'Hospitalet de Llobregat)

Entitats organitzadores: Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya del Departament de Justícia, Grup Europeu de Magistrats per la Mediació (GEMME), alumnes de màsters i postgraus de mediació de les universitats col·laboradores


Mediacions ràpides a la Ciutat de la Justícia
Horari: 9-14h

Lloc: Edifici C de la Ciutat de la Justícia de Barcelona (Gran Via de les Corts Catalanes, 111. Barcelona)

Entitats organitzadores: Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, GEMME, Fundació IDEC de la Universitat Pompeu Fabra, Fundació IL3, Facultat de Dret i Facultat de Psicologia de la Universitat de Barcelona, Fundació Pere Tarrés de la Universitat Ramon Llull i Universitat Oberta de Catalunya


Acte de cloenda
Horari: 17.30-20.30h

Lloc: Centre d’Estudis Jurídics i Formació Especialitzada (c/ Ausiàs Marc, 40. Barcelona)

Inscripció 

Totes les activitats del Dia Europeu de la Mediació
Programa Dia Europeu de la Mediació


Institucions organitzadores del Dia Europeu de la Mediació
Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya del Departament de Justícia, Cambra de Comerç de Barcelona, Col·legi d'Advocats de Barcelona, Col·legi de Notaris de Catalunya, Col·legi de Psicòlegs de Catalunya, Col·legi d'Administradors de Finques, Associació Catalana per al Desenvolupament de la Mediació i l'Arbitratge, ACDMA, i GEMME.


informació RELACIONAda

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